Impuesto de sucesiones: qué es y cómo funciona
A menudo oímos hablar del impuesto de sucesiones en las noticias, sobre todo porque unas comunidades autónomas lo quieren suprimir y otras conservar a toda costa. Pero, ¿por qué genera tanto interés este tributo? ¿Cuánto se paga de impuesto de sucesiones?
En este artículo veremos más al detalle todo lo relacionado con esta obligación fiscal y cómo afecta a los herederos de una persona fallecida, que es, básicamente, el contexto en el que este controvertido impuesto hace su aparición.
Pero vayamos por el principio.
¿Qué es el impuesto de sucesiones?
El impuesto de sucesiones es un tributo que grava la transmisión de bienes y derechos por causa de muerte. Es decir, cuando una persona fallece y deja una herencia a sus herederos, estos deben pagar un impuesto sobre el valor de los bienes heredados. ¿Quieres cobrar la herencia? Pues antes deberás pasar por la caja de Hacienda.
Este impuesto es gestionado por las comunidades autónomas en España, lo que significa que las tasas y exenciones pueden variar significativamente dependiendo de la región.
¿Cuánto se paga de impuesto de sucesiones?
Antes de entrar en la cuestión de cómo se tributa el impuesto de sucesiones en las distintas comunidades autónomas, pongamos un ejemplo para entender cómo calcular el impuesto de sucesiones.
Supongamos que una persona fallece y deja una herencia valorada en 300.000 euros a su hijo Pepito en una comunidad autónoma con una tarifa del 7% para este nivel de herencia y una reducción de 100.000 euros para hijos (es decir, esa cantidad reducida se libra de la ‘mordida’ fiscal)
- Valor de la herencia: 300,000 euros
- Reducción: 100.000 euros
- Base Imponible (la parte sobre la que se cobran impuestos): 200.000 euros
- Impuesto a pagar: 7% de 200.000 euros = 14.000 euros
O sea, que si heredaste una casa valorada en 300.000 euros, te tocará pagar, si tu CC. AA. tiene un impuesto de sucesiones del 7%, 14.000 euros del ala. Lo bueno, entre comillas, es que si pagas el impuesto de sucesiones no tienes que pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP), que suele rondar el 6%. Es decir, te conviertes en propietario sin necesidad de pagar ese importe obligatorio cuando adquieres una vivienda.
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El impuesto de sucesiones en las distintas CC. AA.
El impuesto de sucesiones en España es gestionado por las comunidades autónomas, lo que significa que cada región puede establecer sus propias tarifas, reducciones y bonificaciones. Si eres un friki de este tipo de datos, en este enlace de un famoso portal inmobiliario puedes encontrar las actualizaciones, por regiones, del impuestos de sucesiones en 2024.
También, en las webs de las distintas administraciones regionales, puedes encontrar calculadoras que te ayudan a conocer la cantidad exacta, en función del valor de los bienes heredados y el parentesco con la familia fallecida.
Desglosamos aquí algunas diferencias relevantes en algunas de las principales comunidades autónomas respecto al impuesto de sucesiones. Pero antes, conviene recordar la diferencia entre reducción (dinero que se aparta de la base imponible, es decir, que no está sujeto a impuestos) y bonificación: porcentaje que se deja de tributar.
Ahora que hemos visto las diferencias entre bonificación y reducción, veamos cómo se aplica el impuesto en las distintas regiones:
- Comunidad de Madrid. Reducción del 99% para descendientes, ascendientes y cónyuges. Es decir, hay una bonificación del 99% en la cuota tributaria para estos descendientes directos, por lo que se puede afirmar que prácticamente no existe el impuesto de sucesiones.
- Cataluña. En este caso, las reducciones varían según el grado de parentesco. Por ejemplo, los hijos menores de 21 años tienen una reducción de 275.000 euros. Bonificaciones: 99% para cónyuges y del 50% para hijos y padres en ciertos tramos.
- Andalucía. Se concede una reducción de hasta un millón de euros para los descendientes, cónyuges y ascendientes. Para los familiares de segundo y tercer grado, así como para los descendientes y ascendientes por afinidad y otros parientes de cuarto grado, la reducción es de hasta 250.000 euros.
- País Vasco. Cuando el parentesco es con descendientes, ascendientes, cónyuges o parejas de hecho, las herencias menores de 400.000 euros están exentas de impuestos. Para herencias que superen esa cantidad, se aplica un tipo impositivo del 1,5%.
- Navarra. Los ascendientes y descendientes por sangre pueden beneficiarse de tipos impositivos que varían entre el 2% y el 16%. Para los cónyuges, el tipo impositivo es del 0% para herencias de hasta 250,000 euros, y del 0,8% para cantidades superiores a ese monto.
- Galicia. Se aplica una reducción de 400.000 euros para el grupo II, con tipos impositivos que oscilan entre el 5% y el 18%. Además, las personas con discapacidad en los grupos III y IV se benefician de una reducción de 300.000 euros.
¿Cuándo se está exento de pagar el impuesto de sucesiones?
En las siguientes comunidades, no hay que pagar por heredar siempre que se respeten estos supuestos:
- La Rioja. La reducción tiene lugar siempre que la base imponible no exceda los 400.000 euros.
- Aragón. La reducción es válida siempre que la base imponible no supere los 500.000 euros.
- Andalucía. La reducción se da siempre que la base imponible no supere el millón de euros.
- Extremadura. La reducción se aplica siempre que la base imponible no exceda los 500.000 euros.
Es decir, excepto para los grandes tenedores (no hablamos de menaje, sino de grandes fortunas con sus correspondientes propiedades de gran valor), el común de los mortales andaluces, riojanos, extremeños o aragoneses no tendrán que pagar nada por heredar. Esto es importante también a la hora de tasar una vivienda heredada, sobre todo en comunidades como La Rioja: conviene tener en cuenta que esté por debajo de los 400.000 euros o, de lo contrario, tocará pagar por heredar. He aquí el briconsejo inmobiliario de hoy.
Y concluimos con dos últimas cuestiones.
- Dónde se paga el impuesto de sucesiones: en la oficina de la Agencia Tributaria de la comunidad autónoma correspondiente
- Cuándo se paga el impuesto de sucesiones: debe pagarse dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento del causante.
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