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Tipos de Prestación por Desempleo de la Seguridad Social según el SEPE

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Tiempo de lectura: 6 min
Actualizar: 22 abril 2024
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El Estado del bienestar se mantiene, gracias a los impuestos de todos los contribuyentes, lo que permite que la situación tan dramática de encontrarse sin trabajo lo sea un poco menos. ¿Cómo? Gracias a las prestaciones de la Seguridad Social, se crea una cobertura social que permite a las personas que pasan por esa situación sentirse más protegidas. 

En este artículo veremos cuántas clases de prestaciones hay en relación al desempleo y cuáles son las prestaciones contributivas. Pero vayamos por parte. 

¿Qué significa prestación contributiva? 

Prestación contributiva equivale a pensión contributiva. Ambas se refieren a aquellas ayudas económicas que el Estado otorga a aquellos ciudadanos que han contribuido (de ahí lo de «contributivas») al sistema de Seguridad Social a través de impuestos y cotizaciones durante un periodo de tiempo concreto.

Así, la diferencia entre pensión contributiva y prestación no contributiva es que, en este último caso, los beneficiarios de esa ayuda pública no han logrado contribuir lo que, en principio, les correspondería para recibir esa prestación. Pero el sistema de la Seguridad Social se apoya en el principio de solidaridad y, en determinados casos, protege también a aquellas personas que lo necesiten, aunque no hayan superado ese umbral necesario para recibir dichas prestaciones. 

Es el caso de: 

  • Personas mayores con rentas bajas.
  • Personas con discapacidades graves o crónicas.
  • Personas en situaciones de extrema vulnerabilidad.

Por tanto, aquellos que se preguntan qué son y cuáles son las prestaciones, lo primero de todo es señalar esa doble identidad: contributivas y no contributivas. 

¿Qué tipos de prestaciones hay en la Seguridad Social?

La Seguridad Social cubre varios tipos de prestaciones, ya sea por desempleo, pero también por otras situaciones que requieran de esa protección social. Como en los casos siguientes: 

  • Jubilación.
  • Incapacidad permanente  o lesiones permanentes no incapacitantes.
  • Viudedad, orfandad y auxilio por defunción (o favor de familiares, como se conoce también a la pensión para cubrir el vacío que genera la muerte del motor económico de una familia).
  • Riesgo durante el embarazo o la lactancia natural.
  • Nacimiento y cuidado del menor, es decir, la prestación por maternidad y paternidad.

Pero en este artículo, como ya adelantamos, nos centramos en el tipo de prestaciones del SEPE, es decir, las relacionadas con el desempleo o situación de paro. 

Tipos de Prestaciones por Desempleo

Tipos de prestaciones por desempleo

Lo primero que hay que aclarar en este punto es que prestación por desempleo y subsidio por desempleo no son lo mismo. ¿Cuál es la diferencia entre prestación y desempleo? La primera corresponde a la ayuda de la Seguridad Social para aquellas personas que han trabajado (y cotizado) durante un periodo de tiempo, por cuenta ajena. 

Se trata de una asignación que, vía SEPE, se entrega mensualmente al trabajador desempleado en lo que se conoce popularmente como «cobrar el paro». ¿Cuánto dura la prestación por desempleo? Dependerá de la vida laboral del trabajador, es decir, de los días que se hayan cotizado. En esta tabla, con datos de la web del SEPE, se puede comprobar cuántos días de prestación corresponden según los días que se haya trabajado/cotizado: 

  • de 360 a 539 trabajados / 120 días de prestación (4 meses)
  • de 540 a 719 trabajados / 180 días de prestación (6 meses)
  • de 720 a 899 trabajados / 180 días de prestación (8 meses)
  • de 900 a 1079 trabajados / 180 días de prestación (10 meses)

Y así sucesivamente. 

Por tanto, la prestación es aquella que se recibe durante el tiempo en el que el trabajador tiene derecho, en función del tiempo que haya trabajado. Aunque también está la opción de «capitalizar el paro», que también se puede considerar otro tipo de prestación (aunque en realidad es la misma, solo que distribuida de otra manera). 

¿Cómo se capitaliza la prestación por desempleo? A través del SEPE se puede gestionar esta posibilidad, pensada sobre todo para aquellos ciudadanos que, tras años trabajando por cuenta ajena, estén interesados en probar suerte en el empleo autónomo y el emprendimiento, para lo cual esta inyección económica puede servir de base. 

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Tipos de subsidios por desempleo

Así, una vez se ha agotado la prestación por desempleo, el tiempo en el que el trabajador recibía esa ayuda de la Seguridad Social, y no se ha encontrado todavía un nuevo trabajo, quedan el recurso de acogerse a distintos tipos de subsidios, entre los que figuran: 

  • Ayuda familiar
  • Subsidio por cotización insuficiente 
  • Subsidio para emigrantes retornados
  • Subsidio para emigrantes retornados
  • Subsidio para mayores de 45 años y para mayores de 52 años
  • Subsidio y renta agraria
  • Subsidio por revisión de una incapacidad

Subsidios para situaciones concretas, con sus determinados requisitos, que también se agrupan dentro de la RAI (Renta activa de inserción), pensado para personas desempleadas en situaciones especialmente difíciles, como discapacidad severa, víctimas de violencia de género, emigrantes retornados (como ya señalamos), etc.

¿Y qué es el Plan Prepara? 

Supone una ayuda de 400 euros mensuales destinada a aquellos parados de larga duración y de 450 euros al mes para parados con dos o más personas a su cargo, incluido el cónyuge o pareja de hecho.

Aparte de estas ayudas, una de las prestaciones más solicitadas cuando se agota la prestación por desempleo ordinaria, es el subsidio extraordinario por desempleo. 

¿Quién puede acceder al subsidio extraordinario por desempleo? 

Según la Ley General de la Seguridad Social, podrán beneficiarse de esta ayuda ‘extra’ aquellas personas que se encuentren en una de las siguientes situaciones: 

  • Hayan agotado los distintos subsidios por desempleo, incluidas las PREPARA o RAI. 
  • Sean parados de larga duración, es decir, hayan permanecido inscritos, como demandantes de empleo, al menos 360 días (dentro de los 18 meses antes de pedir este subsidio). 

El Estado, a través de un organismo clave del sistema de bienestar como es la Seguridad Social, trata de proteger a aquellas personas con dificultades para acceder o reincorporarse al mercado laboral. Todo ello se canaliza en el SEPE, la entidad, dependiente del Ministerio de Trabajo, que gestiona todas las prestaciones. 

No dudes en visitar su web para conocer en detalle todo lo relacionado con prestaciones de desempleo, tanto si has perdido tu trabajo como si te encuentras en activo. 

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